01 enero 2021

Alegaciones al Convenio Valadez. Francisco Zamorano y otras concejales

 

Francisco José Zamorano Vázquez, Asunción López Martín, María Victoria López Cabezón, María Luisa Rodríguez-Pino Sánchez y María del Carmen Miralles Márquez concejales electos de la actual Corporación Municipal de Estepona COMPARECEN ante ese Ayuntamiento, y, como mejor proceda en Derecho DICEN:

Que en fecha de 5 de Noviembre de 2010, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, número 211, de Edicto de Alcaldía de Estepona, número 16713/10 en cuya virtud y, en aplicación del artículo 39.2 de la LOUA, se somete a información pública, durante el plazo de veinte días, el convenio urbanístico afectante a los ámbitos de suelo urbanizable no sectorizado de Guadalobón y de Arroyo Vaquero, entre el Ayuntamiento de Estepona y las Sociedades Urbanizadora XXI, S.A., Proyectos Arroyo Vaquero, S.L, y, Proyectos Guadalobón, S.L.

Que la publicación en el Tablón de Anuncios Municipal se realizó una semana después, por lo que el plazo de información publica empieza a contar desde la fecha de esta última publicación.

Que habiendo sido estudiado y analizado el cuerpo del mismo, así como sus antecedentes administrativos y la correspondiente documentación adicional, así como la obrante en disposición de los firmantes y que sido ocultada en la exposición publica del expediente, formulamos las siguientes

ALEGACIONES

PRIMERA.- El presente Convenio Urbanístico tiene por objeto, según la estipulación primera del mencionado Convenio, “… la sectorización de los ámbitos de suelo urbanizable no sectorizado de Guadalobón (SG R1 SUNP y SUNP R2) y de Arroyo Vaquero (SUNP 069, descritos en el apartado I de la exposición, mediante el desarrollo y ejecución del planeamiento general vigente, si bien, con las modificaciones al referido planeamiento, reseñadas en el apartado VII de la exposición, en los términos descritos en los planos que se adjuntan al presente convenio como Anexos número 12 y 13, así como establecer la ordenación estructural de dichos Sectores para su posterior desarrollo mediante los correspondientes planos de desarrollo…”

Sigue diciendo la mencionada cláusula primera: “ … En su virtud, el presente convenio fija los compromisos, plazos condiciones y demás pactos complementarios a los efectos de asegurar un ágil y eficaz desarrollo urbanístico del planeamiento vigente, con las modificaciones indicadas…”.

En consecuencia, los concejales firmantes exigimos que en la redacción de esta cláusula, el objeto de este convenio no sea tan sólo la sectorización de los ámbitos de suelo urbanizable no sectorizados, así como establecer la ordenación estructural de dichos Sectores, sino también, la creación DEL CAMPUS DEL DEPORTE E INDUSTRIA DEL OCIO DE ESTEPONA, conforme al Acuerdo Marco de colaboración entre la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, La Universidad de Málaga y el Ayuntamiento de Estepona, firmado el 21 de febrero de 2008.

SEGUNDA.- En el punto Quinto del citado Acuerdo Marco se establece un Plan de Actuación en tres etapas.

La primera incluye, en el punto c, el “Análisis y estudio de la ubicación física y distribución de espacios e infraestructuras generales.”

La segunda, contempla, en el punto h, el “Diseño concreto de infraestructuras y equipamientos”

La tercera etapa deberá concretar el aporte de recursos.

Así mismo, en el apartado tres del punto séptimo del Acuerdo Marco, el Ayuntamiento de Estepona se compromete a “Poner a disposición del proyecto el suelo público e infraestructuras para la creación del “CAMPUS” DEL DEPORTE Y DE LA INDUSTRIA DEL OCIO DE ESTEPONA”

En consecuencia, los concejales firmantes proponemos que El desarrollo del Plan de Actuación contemplado en el Acuerdo Marco deberá ser previo a la aprobación del convenio urbanístico ya que en él se definirán las necesidades de ubicación física, infraestructuras y equipamientos que han de incluirse en el mismo.

TERCERA.- Tanto el punto Séptimo (Obligaciones de las partes) como el Décimo (Financiación) del Acuerdo Marco para la creación del “CAMPUS” UNIVERSITARIO establecen que corresponde al Ayuntamiento de Estepona “la obtención de los recursos necesarios para la puesta en marcha del proyecto, así como para la urbanización del suelo y para la construcción de las edificaciones.”

Para ello los concejales firmantes proponemos la inclusión y aceptación por las partes, como condición “sine qua non” para la firma del convenio, de la siguiente cláusula:

“Las sociedades propietarias de los suelos se comprometen a abonar al Ayuntamiento de Estepona la cantidad de VEINTICUATRO MILLONES DE EUROS (24.000.000 €) destinada a la construcción del futuro Campus Universitario de Estepona, en el Sistema General de Guadalobón,

Con la finalidad de garantizar el compromiso de llevar a cabo esta inversión, las sociedades propietarias de los suelos se comprometen a presentar aval bancario por el importe indicado, a la firma del presente convenio, en cumplimiento de las condiciones de ejecución establecidas en el vigente PGOU (1994) para el referido Sector, entre las que encuentra la implantación del Campus Universitario de Estepona, en el Sistema General de Guadalabón.

El aval bancario deberá garantizar la obligación de la sociedad de realizar la inversión indicada en la construcción del Campus Universitario de Estepona, en el Sistema General de Guadalobón. El aval deberá ser emitido por la entidad bancaria, a primer requerimiento y de forma solidaria con las sociedades avaladas.”

CUARTA.- Como mecanismo de coordinación para la ejecución de las acciones que se desprenden del Acuerdo Marco para la creación del Campus Universitario de Estepona, en el punto Octavo se crea una “Comisión Mixta de Seguimiento” compuesta por dos representantes de cada una de las instituciones firmantes de acuerdo.

Como quiera que el presente convenio es determinante para la creación del Campus Universitario de Estepona, se hace necesario que todas las partes implicadas verifiquen la idoneidad del mismo para el logro del fin perseguido.

Por ello los concejales firmantes solicitamos que el convenio sea informado, con carácter previo a su aprobación, por la Comisión Mixta de Seguimiento creada en el acuerdo Marco para la creación del Campus Universitario de Estepona, con especial análisis de su idoneidad de suelo, urbanización, infraestructuras y suficiencia económica.

QUINTA.- El punto Sexto del Acuerdo Marco se refiere a la Estructura Orgánica e indica que la creación del Campus Universitario de Estepona “se configurará a través de una estructura jurídica y orgánica específica de naturaleza fundacional.

La Fundación estará integrada por las Instituciones comparecientes, y además se invitará a la adhesión a otras instituciones públicas, entidades asociativas, fundaciones y empresas relacionadas con el proyecto.

Los estatutos determinarán las especificaciones del régimen orgánico, funcional y financiero de las entidades participantes.”

Han pasado más de dos años desde la firma del Acuerdo Marco y no se ha hecho nada, las únicas actuaciones realizadas se corresponde con el negocio urbanístico, obviando otras que son absolutamente necesarias para que el Campus Universitario sea una realidad.

Por ello los concejales firmantes instamos al Alcalde a que con carácter de urgencia se elaboren y aprueben los estatutos que constituyan la Fundación del Campus Universitario de Estepona.

Por todo ello, es por lo que

SUPLICO A UD que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 39.2 de la LOUA, se tenga por evacuado el trámite información pública del convenio urbanístico que se expone y conforme a las alegaciones indicadas, se tengan por admitidas las mismas, en orden a subsanar las deficiencias existentes, a nuestro juicio, en el convenio urbanístico referenciado, pasando a formar parte del cuerpo jurídico del mismo.

En Estepona a 30 de Noviembre de dos mil diez

12 septiembre 2020

Hablar por hablar. Año 2020

Durante el proceso de incorporación a la escuela, con la Covid 19 acechándonos, oímos mensajes y demandas de todo tipo y comparaciones de la actuación de los países que nos rodean.
En España hay una petición generalizada de disminución de la ratio, acompañada de otras como las enfermeras de centro.
Sobre la ratio, partiendo de que el riesgo cero no existe, es evidente que cuantas menos personas haya en un aula menor será la posible carga viral en el grupo y menor la probabilidad de contagio. Por tanto, la medida es excelente.
¿Y cómo se disminuye la ratio? La respuesta es obvia: aumentando el número de grupos y consecuentemente el de profesores. ¿Cuánto? Hagamos números, de una manera simplista pero clarificadora:
En el país hay más de 8 millones de alumnos en la enseñanza no universitaria. Ello significa que, a una media de 28 alumnos por aula (en algunos tramos de edad está por debajo de 25 y otros por encima, por lo que para no parecer exagerado propongo 28), habrían más de 285.000 grupos y si la media de grupos de un centro suponemos que es de 28,5 (por redondear, seguro que los hay más pequeños y otros con mucha más unidades), tendríamos que hay aproximadamente 10.000 centros educativos en el estado español (la realidad es que hay más de 28.000 centros que imparten enseñanzas de régimen general).
Si quisiéramos disminuir la ratio en un 50% necesitaríamos otros 10.000 colegios o espacios equivalentes con esta supuesta estructura de centros. Si a los gastos de construcción y equipamiento le unimos los gastos de funcionamiento, las cifras se disparan. Y si añadimos que hay unos 720.000 profesores en el país, disminuir la ratio un 50% requeriría un número de profesores similar. Traducido a euros, suponiendo un salario bruto medio de 30000€ anuales, habría que disponer de 21.600 millones de euros extra solo para remunerar al profesorado adicional.
Si trasladamos los datos a Andalucía, resulta que tenemos alrededor de 1.600.000 alumnos y reducir la ratio al 50% supondría crear en torno a 2.800 centros y contratar a unos 140.000 profesores nuevos.
Con un cálculo similar, reducir la ratio un 5% requeriría, a nivel andaluz, incrementar la plantilla con más de 7000 docentes. Precisamente, esta es la cifra de profesorado adicional que la Junta de Andalucía pretende contratar, según lo que aparece en prensa.
Existe la alternativa de combinar enseñanza presencial y enseñanza “online”, en Secundaria y postobligatoria, para que la asistencia física del alumnado se reduzca a la mitad, no generando un gasto excesivo. Ésta es una de las propuestas que una mayoría de centros está desarrollando. Y cabría pensar en disminuir la ratio solo en Infantil y Primaria.
En este caso habría que tener en cuenta que en España hay algo más de 4.000.000 de alumnos en esos niveles educativos básicos, lo que significa que reducir la ratio un 50% requeriría más de 5.000 nuevos centros y más de 200.000 maestros adicionales para los centros públicos. Las cifras nos desbordan.
Está claro que cualquier reducción de ratio une a la dificultad de disponibilidad de espacios (soslayable si se hacen turnos de mañana y tarde), los costes de funcionamiento, la existencia de suficientes titulados para ser contratados y los gastos en personal. Resultan cifras que pocos países pueden asumir de un día para otro.
Uno de los países que se pone de ejemplo de intervención es Italia, donde se iban a contratar 100.000 nuevos profesores, utilizar instalaciones de todo tipo y adquirir 2.500.000 pupitres. Si consideramos que el número de docentes italianos es similar al español, 100.000 nuevos profesores supondría reducir la ratio entre un 10 y un 15%. Tampoco es la panacea pero menos da una piedra.
La realidad es la que es. No existe riesgo cero en la vuelta a clase y disminuir la ratio es reducir el riesgo pero se trata de una empresa harto difícil. ¿Qué nos queda? La responsabilidad de alumnado, profesorado, familias, personal complementario, y administración para extremar las medidas de higiene y prevención de todos conocidas. ¡Y a ver qué pasa!
¡SALUD!

24 agosto 2020

Septiembre a la vuelta de la esquina.. Año 2020.


El día uno de septiembre comienza oficialmente el curso escolar y los centros educativos inician los preparativos para que el alumnado sea atendido cuando comiencen las clases. Durante todo el verano hemos dispuesto de normas e instrucciones de la Administración Educativa, opiniones diversas y escritos de las direcciones de los centros, AMPAs, sindicatos, etc. Si analizamos toda la información solo podemos extraer una conclusión: existe una incertidumbre total sobre si va a comenzar el curso y en qué condiciones.
La evolución de la pandemia y el número diario de contagios asusta. Gracias a que la presión sobre el sistema sanitario no está siendo excesivamente severa, cabe pensar que el estado de alarma y el consiguiente confinamiento generalizado no será preciso o tardará algún tiempo en llegar. En esta situación, es de suponer que las clases pueden comenzar aunque, hoy por hoy, no existen unas directrices educativas y sanitarias claras y aplicables en todo el estado español.
¿Estará el alumnado y el profesorado protegido de posibles contagios? Evidentemente no, sea cual sea la organización y los medios de que se disponga. Lo único que puede intentarse es disminuir el riesgo.
Las familias y el profesorado exigen más recursos para, entre otras cosas, disminuir la ratio. Pero hay que ser realistas, aunque nos pese. Los espacios, el número de docentes y personal complementario y los presupuestos son muy limitados. No debemos olvidar que si España fuese una empresa estaría en bancarrota.
Estamos pues ante un galimatías sin una solución perfecta, que depende de la evolución de la pandemia en toda la sociedad, que está condicionada por una profunda crisis económica y en la que cualquier medida que se tome conlleva aspectos positivos y negativos.
La inmensa mayoría de los educadores considera que la enseñanza debe ser presencial para garantizar la equidad y evitar desigualdades educativas entre el alumnado. El curso pasado demostró que la educación a distancia dificultó el derecho a la educación a causa de la brecha digital y social de una parte importante de la población.
Por otro lado, no menos importante, hay que tener en cuenta que la escuela cumple un fin social con sus servicios complementarios: aula matinal, comedor y actividades extraescolares. Muchas familias necesitan que sus hijos estén atendidos mientras los dos cónyuges trabajan. La escuela presencial es imprescindible en estos y muchos otros casos.
Podemos extraer, sin miedo a equivocarnos, que, social y educativamente, es preciso abrir escuelas infantiles, colegios e institutos, ampliar y optimizar recursos y minimizar riesgos.
¿Por dónde empezamos?
1.- Consignación presupuestaria.
Los gobiernos central y autonómicos deberían haber determinado, una vez conocidas las fuentes de financiación ofrecidas por la Unión Europea, el presupuesto extraordinario disponible para este curso escolar y, en base a ello, las posibles ampliaciones de espacios y del número de profesionales con que se podría contar. Las cifras que venimos oyendo no alientan nuestro optimismo.
2.- Distribución de los recursos extraordinarios
Dado que ni los espacios ni los recursos humanos son infinitos, hay que establecer prioridades a la hora de distribuirlos. La disminución de la ratio debe comenzar por los cursos de menor edad, en los que el contacto físico es más probable. Cuanto más edad más conocimiento (se supone), y, por tanto, más fácil comprender la necesidad de seguir las normas para evitar los contagios: mascarillas, higiene de manos, distancias de seguridad, etc. Y aunque todos conocemos la energía con la que cuenta el alumnado de edades tempranas y adolescentes, es labor del profesorado y, sobre todo, de la familia, insistir, colaborar y velar por el cumplimiento de las normas. Los centros tendrán que actuar con rigor en esa línea y las familias aceptar las consecuencias, correcciones y posibles sanciones. No podemos olvidar que está en juego la salud de toda la comunidad educativa.
3.- Normas básicas de prevención y actuación en caso de contagios
Debería ser el Ministerio de Sanidad y las Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas, al unísono, los que determinasen las pautas de actuación de obligado cumplimiento para la prevención de los contagios y para los casos en que se detecten afectados por el coronavirus.
En la prevención, las normas que se establezcan han de ser ajustadas a la realidad:
• Si son inevitables grupos de 25, 30 o 35 alumnos, no hablemos de distancia de seguridad de 2 metros, porque es imposible. Hablemos, si acaso, de evitar el contacto físico e incidamos en las medidas de higiene y de desinfección de elementos compartidos (pupitres cuando cambia el usuario, ordenadores, herramientas, etc), por ejemplo.
• Los grupos burbuja son inviables en los niveles superiores puesto que el profesorado especialista transita por diversos cursos y el alumnado se mueve por aulas específicas o se reagrupa por materias optativas.
• La entrada y salida progresiva del alumnado, para evitar las aglomeraciones, no es una cuestión baladí en la mayoría de centros. Cuanto más grandes más complicados, llegándose a convertir en misión imposible.
• Desdoblar grupos y establecer turnos de mañana y tarde depende muy mucho de los presupuestos, de los recursos. De tenerlos, a la tarde sólo podría llevarse al alumnado de más edad, de 3º de ESO en adelante, que goza de mayor autonomía.
• Ampliar los servicios de limpieza y desinfección es inevitable y requiere de la colaboración de los ayuntamientos.
• Etc., etc.
En caso de que se detecten jóvenes o adultos con determinados síntomas o que se sepa que están contagiados, los centros deben saber qué hacer y seguir las mismas reglas, reglas que deben establecerse con base científica, sanitaria.
4.- Organización de la enseñanza según el desarrollo de la pandemia
Cabe pensar que, en un centro o en una zona geográfica, pueden darse distintas circunstancias según la evolución y el número de contagios:
a) Que no afecten a la enseñanza presencial. Seria lo óptimo e impensable en la situación actual para la mayoría de centros.
b) Que esté controlado dentro de unos parámetros y que requiera, para reducir la ratio y la presencia física del alumnado, combinar la enseñanza presencial con la “online”. En este caso, se debe valorar y recompensar el esfuerzo añadido del profesorado, dentro de la reorganización de espacios y tiempos que conlleva, sin olvidar que hay que cubrir las demandas sociales paralelas de muchas familias. Asimismo habrá que legislar y regular esa enseñanza a distancia para evitar en lo posible las desigualdades, dotar a los centros y familias de los recursos tecnológicos apropiados y mejorar la formación y capacitación digital del profesorado.
c) Que la enseñanza sea totalmente a distancia, caso extremo de desbordamiento del número de contagios. Es la opción menos deseada, aunque más probable, y lo recogido en el apartado anterior es extensible a este.
Estamos a finales de agosto y cada centro, que es un mundo, intenta organizarse lo mejor que puede o sabe su equipo directivo, que, en un gran número de casos, ha estado trabajando en julio y agosto. Mientras tanto, la autoridad administrativa o ha estado ausente o mandando mensajes para intentar tranquilizar a la comunidad educativa.
Parece ser que pronto se reunirán la ministra y los responsables de las Consejerías de Educación, pero en la fecha que estamos llegan tarde. No obstante, diremos aquello de: ¡más vale tarde que nunca! Quien espera lo mucho, espera lo poco. A ver qué nos dicen.
Y, como siempre, un deseo unánime: ¡SALUD!