07 octubre 2022

Estepona (1833). Final del reinado de Fernando VII

Aunque, dentro de los procesos de revisión histórica, todo es posible, Fernando VII, "El Deseado", tiene el triste honor de ser considerado el peor rey que ha tenido España. Traicionó a su padre y al pueblo español que le fue fiel; anuló la Constitución de Cádiz y reinstauró el absolutismo; era misógino, egoísta, infiel y maleducado; fue bastante inepto en los asuntos de Estado; etc., etc.

Este monarca tenía una extraña enfermedad, macrosomía genital, que le dificultaba las relaciones sexuales con sus esposas. Prosper Mérimée, en una carta que le envió al escritor Stendhal (1), describió así el miembro del rey: "fino como una barra de lacre en la base, y tan gordo como el puño en su extremidad; además, tan largo como un taco de billar".

Retrato de Fernando VII. Autor: Vicente López (1772-1850). Museo del Prado. Fuente: Wikipedia

En 1829 fallece su tercera esposa, y la mala salud de Fernando VII y el hecho de no tener ni esperarse descendencia, favorece las aspiraciones al trono de su hermano Carlos María Isidro. Sin embargo, Fernando se casa por cuarta vez, el 9 de diciembre de 1829, con su sobrina María Cristina, hermana de su cuñada, Luisa Carlota, esposa de su hermano Francisco de Paula, y el matrimonio tuvo dos hijas: Isabel, que nació el 10 de octubre de 1829, y Luisa Fernanda en 1832.  

El 31 de marzo de 1830, Fernando VII promulgó la Pragmática Sanción, aprobada el 30 de septiembre de 1789, en el reinado de Carlos IV, pero que no se había hecho efectiva por cuestiones de política exterior. Derogaba de esta manera la Ley Sálica para permitir que su hija Isabel pudiera reinar y excluyendo, en la práctica, al infante Carlos María Isidro de la sucesión.

El 6 de octubre de 1832, Fernando, gravemente enfermo, nombra regente a su esposa y ésta inicia un acercamiento hacia los liberales impidiendo que los partidarios de Carlos se hagan con el poder, a pesar de sus movimientos políticos de finales de 1832 y principios de 1833.

En enero de 1833, bajo la regencia de María Cristina, el gobierno municipal de Estepona se mantenía en funciones y es el veinte de febrero de ese año cuando se realiza la elección de los regidores y síndicos del nuevo Ayuntamiento. En la sesión del 30 de abril se procede a la toma de posesión y al juramento «por Dios y á una cruz según derecho ofreciendo cumplir cada cual con toda esactidud é imparcialidad el destino para que es nombrado, defender el misterio de la Purisima Concepcion, ser fieles al Rey N.S. hacér cumplir sus Reales ordenes y pracmatica, con las demás que por los Tribunales superiores se comuniquen en su Real Nombre y defender en caso necesario los privilegios de esta Villa y su común, que ninguno ha pertenecido ni pertenece á los sociedades secretas de Masones, comuneros ni otras reprobadas por las Leyes, ni que consentirán en el absurdo principio de que el Pueblo es advitro en trastornar el Govierno legitimamemte establecido por las leyes».

El Ayuntamiento, reunido el 1 de mayo de 1833, acordó enviar al Rey la siguiente misiva de apoyo y felicitación que no tiene desperdicio alguno. Es asombroso el panegírico que se hace del "Rey Felón".
Acta de fecha 4 de mayo de 1833. Archivo Municipal Histórico de Estepona

La transcripción del acta es la siguiente:

«Yo el infrascripto Secretario interino del Real Ayuntamiento de esta villa certifico: Que en consecuencia de lo acordado por el mismo en acta celebrada del dia primero del corriente més se ha formado por su caballero síndico procurador general la representacion cuyo tenor es el siguiente------------------------------

Señor = El Ayuntamiento de esta vuestra villa de Estepona formado en virtud del Soberano decreto de dos de febrero del corriente año tiene el placer y la honrra de transmitir á Vuestra Majestad sus sentimientos al principiar las funciones de su administracion. antes de entregarse a sus tareas y de fijar á estos habitantes las reglas de su conducta publica para que no sea alterado el orden, Bendice al Todopoderoso y se felicita porque se dignó concerbar la vida preciosísima de Vuestra Majestad y con ella la ventura y la paz de España: Bendice tambien á Vuestra Majestad porque á vuestra Augusta y mui cara Esposa la Reina Nuestra Señora para gobernar esta vuestra monarquía mientras que procuraba Vuestra Majestad el restablecimiento del terrible mal que le aquejaba, supo corresponder á las ideas de Vuestra Majestad y de todos los Españoles mas alla de sus esperanzas en sus siempre memorables como beneficos Decretos. El Ayuntamiento de esta Vuestra Villa de Estepona se congratula en fin con la Nacion toda por los progresos que se notan en la convalecencia de Vuestra Majestad y porque con vuestra Real Cedula de 4 de enero de este año y la publicacion de las actas de Cortes del 1789 sobre la sucesion directa á la corona, se ha puesto un sello eterno a las divergencias de opiniones ó se ha terminado para siempre asunto tan grabe afianzando en vuestra augusta decendencia directa el trono que tan dignamente ocupa Vuestra Majestad y dando a gozar desde luego á los Pueblos los beneficios y ventajas de que es capaz un gobierno tan solido como paternal, tan ilustrado como magnanimo y tan fuerte como moderado, reconciliado en fuerza de sus ilustrados Decretos con aquellos sus hijos que se estrabiaron por la vehemencia de la imaginacion en materias politicas; perdonando los escesos que procedian de la flaqueza humana, desterrando la ignorancia, apagando para siempre jamas la tea sanguinaria de la discordia que encendieron y conservaron hombres sin patria, sin Rey, sin religion y sin conciencia, confinando la rebelion y los hombres que la dán á conocer más allá del Reyno; restituyendo á los Pueblos y sus Ayuntamientos en los derechos que le habian sido cercenados y afianzando con universal aprobacion el orden de sucesion en la corona, el gobierno y descendencia de Vuestra Majestad sera tan permanente y solido como de suyo lo son todos los sistemas administrativos que preciando teorias toman por base la legitimidad y justicia de parte del que manda, la protección y seguridad del que da y el contento y dicha de todos. = Sírvase Vuestra Majestad admitir aunque tarde los sinceros votos de esta vuestra villa de Estepona  espresado por su Ayuntamiento de 1833 mientras sigue pidiendo á Dios el restablecimiento completo de Vuestra Majestad y porque conceda muchos años de vida a vuestra augusta y cara Esposa nuestra Reina, a nuestra princesa eredera del trono de Vuestra Majestad y demas Real familia. 

Estepona 4 de mayo 1833 = Señor = A.L.R.P. a V.M. = Nicolas Estarico = Manuel Diaz y Contreras = Antonio Garcia = Benito Vazquez = Jose Diaz = Jose Mª Escobar = Diego Moreno =  Francisco Aparicio = Antonio Mª de Lara ----------------------------------

Corresponde con dicha representacion original á que me remito, la cual quedó en poder del Sr. Presidente del referido Real Ayuntamiento para darle la direccion competente y para que conste cumpliendo con lo mandado por el mismo en el citado cabildo, pongo la presente que firmo en Estepona á cuatro de Mayo de mil ochocientos treinta y tres =.

Antonio de Valencia»

Fernando VII tuvo una sorprendente recuperación y el Cabildo de Estepona, reunido el 27 de mayo de 1833, recoge en acta: «Para manifestar este Ayuntamiento la alegría que le cabe con los becinos de esta Villa de bér completamente restablecido á su muy amado Rey en él día de su augusto nombre despues de la grave enfermedad en que peligró su muy preciosa vida, acuerda unanimente que en la noche del beinte y nueve dél corriente més de Mayo bispera de San Fernando se ponga ál publico en él balcon de las Salas Capitulares y con la [d..sía] y adorno correspondiente él retrato dél Señor Don Fernando Septimo que se haya en la de seciones, que haya iluminacion y repique general de campanas y al siguiente treinta festejos públicos analogos á las costumbres y usos de esta billa»

Fernando VII mandó jurar como heredera de la corona a su hija Isabel el 20 de junio de 1833. El monarca falleció el 29 de septiembre y fue enterrado el 3 de octubre de 1833 en el Monasterio del Escorial. 

El Ayuntamiento de Estepona se reunió el 5 de octubre para tratar el fallecimiento del rey:

«En la villa de Estepona á cinco de octubre de mil ochocientos treinta y tres: Reunidos en las Salas Capitulares los Sres. D. Nicolas Estarico regidor primero Regente dela Real Jurisdiccion Ordinaria Presidente de su Ayuntamiento D. Jose Garcia, D. Benito Vazquez y D Jose Diaz Regidores, D Jose Mª Escobar y D Diego Moreno Sindicos Procurador General y Personero, D. Francisco Aparicio Diputado y para ante mi el Secretario se trató y acordó lo siguiente:

Siendo el unico objeto de este Cabildo, el dár cuenta dela sensible noticia del fallecimiento del Rey N. S. D. Fernando Septimo fue acordado combocar inmediatamente á las demas autoridades de esta villa y con efecto previo el oportuno recado, se presentaron en las Salas Capitulares el M. R. P. Maestro Fr. Manúel José de Bustamante, Cura Economo, El Sr. D. José Domínguez Comandante de las Armas, D. Jose de Luque Ayudante Militar de Marina y D. Fausto Zaldivar Capitan de la Compañia de Carabineros de costas y fronteras y aci reunidos por disposicion del Sr Presidente del Ayuntamiento ley yo el Secretario la Real Orden fecha veinte y nuebe de Setiembre ultimo incerta en el Boletin Oficial extraordinario del dia de ayér respectibo á esta Provincia por la que se comunica la muerte del Rey N. S. acaecida á las tres menos cuarto de la tarde del citado dia veinte y nuebe y los Reales decretos espedidos en el mismo por S. M. la Reyna Gobernadora de estos Reynos durante la menor edad de su Augusta hija la Reyna Dª Isabel Segunda N. Sra. confirmando á los Sres. Secretarios de Estado y del Despacho y á las demás autoridades del Reyno en sus respectivos empleos ecsortandoles por la princesa el orden y conservacion de la Páz y tranquilidad Generál; y enterado de todo el Ayuntamiento y autoridades de esta villa, llenos del más profundo sentimiento por la perdida de su Monarca tan virtuoso y amado de sus vasallos acuerda unanimemente llevár á efecto las prevenciones que que en la espresada Real orden se hacen quedando todos y cada uno encargados de mantenér la tranquilidad que se disfruta actualmente.

Con lo cual se concluyó este acta que firmaron todos los Sres. Capitulares Concurrentes doy fe = »

Y en la sesión del Cabildo de fecha 25 de octubre, «se dió cuenta y leyó por mi el Secretario la Real Pracmatica-Sanción con fuerza de Ley mandando guardár y cumplír las Soberanas disposiciones y ultima voluntad del Sr. Rey Don Fernando (Q. l. G. l.) por las cuales se sirvió nombrár é instituir á su amada Esposa Regente Gobernadora de toda la Monarquia en nombre y durante la menor edad de la Augusta hija la Reyna Nª Sra. Dª Isabél Segunda y enterada esta Corporacion acordó su cumplimiento; que se publique solemnemente por medio de bando, y que se conteste el recibo segun se ordena.»

Las precauciones que promulgó la Regente eran totalmente fundadas pues Carlos María Isidro, junto a un grupo de monárquicos, consideraba que debía ser él el heredero y provocaron las guerras carlistas, guerras civiles que asolaron España en el siglo XIX, causa de muchas de las desgracias posteriores de nuestro país. 

La primera guerra carlista, que transcurrió entre 1833 y 1840, razón por la que es conocida como la "Guerra de los siete años", finalizó con el llamado "Abrazo o Convenio de Vergara" entre el general carlista Maroto y el general liberal Espartero. Tras la victoria, Espartero, desplazando a María Cristina, se convirtió en regente hasta 1943, año en el que fue obligado a exiliarse por un levantamiento militar y cívico encabezado por el Partido Progresista y el Moderado.

Pero esas son otras historias...

Referencias:

(1) Margarita Lázaro. "Macrosomía genital o por qué Fernando VII necesitaba una almohadilla para tener sexo". HUFFPOST. https://www.huffingtonpost.es/entry/macrosomia-genital-pene-fernando-vii_es_5ee9d243c5b68bab2620cd85 

Fuente: Archivo Histórico Municipal de Estepona (AHME). Actas capitulares. Sign. L-01062-00-00.

Agradecimiento: A D. Andrés Cintrano Fernández por la revisión de la transcripción del acta que aparece en las imágenes.

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