Entre Ceuta y Estepona siempre se han mantenido buenas relaciones comerciales, de toda índole, y magníficas relaciones humanas; no en vano, existen muchos ceutíes con segunda vivienda en nuestra localidad. Ello ha llevado a los Ayuntamientos de Estepona y Ceuta, desde hace años, a gestionar el hermanamiento de las dos ciudades.
Un ejemplo de las buenas relaciones que siempre han existido entre estos dos pueblos se puede observar en las dos actas capitulares del Ayuntamiento de Estepona, de 1814, que vamos a presentar.
EPISODIO 1
El 23 de septiembre de 1814, finalizada la Guerra de la Independencia contra los franceses, ante el Ayuntamiento de Estepona se presenta una Comisión integrada por dos capitanes de las tropas destinadas en Ceuta y enviada por el gobernador de esa ciudad, afirmando que tienen serios problemas de subsistencia y pidiendo que se les socorra, con el compromiso de que devolverán lo aportado.
El Ayuntamiento responde que no tienen fondos porque lo poco de lo que disponía se ha gastado en realizar el cerramiento del Pueblo por la epidemia que sufría Gibraltar. No obstante, acuerdan aportarles 40 fanegas de trigo (lo que serían 1.730 kg) aunque tengan que buscar un préstamo.
ACTA CAPITULAR DE 23/09/1814
Acta de 23 /09/1814. Archivo Histórico Municipal de Estepona |
TRANSCRIPCIÓN LIBRE Y ADAPTADA
En la villa de Estepona, a 23 de septiembre de 1814, mediante citación, concurrieron a la sala capitular, a celebrar Cabildo, su Presidente el Sr. Licenciado D. Francisco de Paula Díaz Recio, Corregidor y subdelegado de rentas, D. Juan Arrizabalaga, D. Antonio Díaz, D. José Toledo Navarro, y D. Alonso de Flores, regidores, D Juan Guerrero Infante Síndico Procurador general, D Alonso de Casas y don José Avela Diputados del común, y D. Silvestre Zamora síndico personero del mismo y ante mí el Escribano del Cabildo se dijo y trató lo siguiente:
En este Ayuntamiento se presentaron los [¿Caballeros?] Capitanes D. Antonio Vitar y D. Mariano García, el primero del Regimiento fijo de Infantería de la plaza de Ceuta, y el segundo del de [¿…landa?] con un Pasaporte del Sr. D. Pedro de Grimanet Gobernador de la expresada Plaza con objeto de pedir a este Pueblo y a otros que asigne los socorros de subsistencia que puedan proporcionar para el alimento de la guarnición y presidiarios de ella, por hallarse en el último apuro entendiéndose que lo que se le franquee con calidad de reintegro, de que inteligenciados dichos señores, Dixeron: que sin embargo de no tener fondos algunos esta Villa de que poder disponer pues de los Propios el único caudal que lo forman lo es el sobrante del remate del aguardiente, el cual en el presente año únicamente se ha verificado con respecto a un tercio, el cual ya se halla gastado en las precisas atenciones de este cuerpo y probablemente en el grande gasto que ha invertido en el cerramiento del Pueblo con motivo de la epidemia que se padece en Gibraltar, sin tener existencias algunas de pósitos ni de otra clase de arbitrios y recursos, no obstante, deseoso este Ayuntamiento de contribuir en cuanto le es posible al socorro de la mencionada Plaza de Ceuta, acordó: se les franquee a los mencionados señores comisionados 40 fanegas de trigo que se satisfarán con preferencia a otro cualquier pago del caudal de Propios del que haya en caso de existir, o buscándolo prestado pagándose del primero que entre perteneciente a los mismos Propios: lo que se avisará por medio des señor Presidente al Señor Gobernador de la Plaza de Ceuta a fin de que disponga su traslación a dicha plaza; anotándose en relación a este acuerdo a continuación del pasaporte que han presentado los citados Comisionados, los que firmarán con los demás de este Ayuntamiento que supieron, de doy fe.
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